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   G.W.Raes

<El absurdo de la protección de los derechos de autor>

Dr.Godfried-Willem RAES
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     * [1]Resumen
     * [2]Introduction en Français
     * [3]Nederlandse inleiding
     * [4]Documento: El absurdo de la proteccion de derechos de autor
     * [5]Publicaciones
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Resumen: Tesis principal que será defendida en el presente documento

     1. La informacion no puede ser apropiada No es una propiedad.
     No puede ser confiscada. No es un objeto o energia, pero
     sí una forma esencial.

     2.Cada forma de tratamiento de información como un producto es
     intrínsecamente contradictoria con su propia naturaleza.

     3.La protección de los derechos de autor no sólo se basa en una
     mentira epistemológica, sino que también es inmoral hacia la sociedad
     así como es un reflejo reaccionaria hacia capitalización
     de pensamiento.

     4.Ni los compositores, autores e inventores necesitan protección ya que
     el uso de sus obras no representa ningun ataque, por el contrario
     constituye un honor.

     5.Independientemente de cualquier consideración ideológica, el fomento
     al desarrollo de nuevas tecnologías hará que la idea del
     copyrigth algo complemtamente anacronístico y obsoleto. La proteccion de los derechos de autor
     se revelara a si misma como ineficiente

                                                [6]Inicio del documento
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     INTRODUCTION EN FRANÇAIS :
     Si je me fais installer une toilette avec chasse-eau par un
     plombier, il parrait tout a fait justifié que je paye le
     plombier pour son travail, si bien fait. Cependant personne
     n'a jamais songé a lui payer chaque fois qu'on tire la
     chasse. Le cas du compositeur ne devrait pas être différent.

                                                [7]Top of document
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     NEDERLANDSE INLEIDING:
     Wanneer ik een loodgieter vraag mij een WC met spoeling te
     komen installeren, dan lijkt het nogal evident dat ik de man
     betaal voor de gepresteerde arbeid en voor de gebruikte
     materialen. Niemand, denk ik, zou het ooit in zijn hoofd
     halen te overwegen die man te betalen, elke keer dat ik
     doorspoel en van zijn geleverde prestatie gebruik maak.
     Welnu, voor de komponist zijn er geen redenen zoiets anders
     aan te pakken. In het geval van uitvoerende musici - zelf
     reeds reproducenten van informatie - is het opkomen voor
     reproduktierechten op de uitvoering nog onzinniger.
     Vooreerst is tegen het eigen belang van de musici zelf
     aangezien het wezen van hun arbeid uit het musiceren bestaat
     en niet uit de reproduktie daarvan. Bovendien zou de
     aanvaarding van zulk reproduktierecht bij logische
     doortrekking moeten leiden tot de absurde aanvaarding van
     een reproduktierecht voor de uitvinders en producenten van
     de zuiver mechanische reproduceermachines (bandopnemers ,
     cd's , luidsprekers)... Voor een arbeidsprestatie dient
     slechts eenmaal betaald te worden.
                                                [8]Inicio del documento
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EL ABSURDO DE LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS DE AUTOR

   Por lo que sabemos, la idea del copyright y las regalías
   en relación a la misma, no se originó en la mente de
   compositores ni creadores, en absoluto! La proteccion de los derechos de autor entró
   en nuestros sistemas legales sólo bajo la presión de los editores y reemplazó
   sus antiguos privilegios para imprimir y vender libros. Por lo tanto
   La idea de la protección de derechos de autor no se remonta más allá del
   momento de la invención de la imprenta con
   Gutenberg. Incluso si la idea de autoría individual y moral
   los derechos en materia de propiedad intelectual se remonta hasta
   la revolución francesa, hay que decir, en cuanto a composición
   musical, que todos los reglamentos de derechos de autor se remontan sólo a partir
   de la segunda mitad del siglo XIX. El momento en que nuestra
   cultura musical dió un giro hacia el historicismo.
   La vida de conciertos en ese tiempo sólo logró la independencia de
   la producción de música contemporánea y se centró únicamente en
   la reproducción de la llamada música clásica del pasado. Solamente
   La música comercial, es decir, nueva musica orientada al consumo masivo
   (Strauss-valses, el origen real de la música pop) era realmente
   deseada. La mayoría de los compositores instruidos académicamente se convirtió en
   un tanto superfluos,  y por lo tanto sentían una gran frustración social.
   Nadie deseaba  su música y, por tanto, económicamente
   hablando, su música era (y aún es) absolutamente inútil,
   ya que estaban fuera de demanda. Organizaciones como Sabam aquí en
   Bélgica, no fueron fundadas para ayudar a los compositores pobres, si no 
   para asegurarles un lugar en un sistema económico capitalista: para
   darles un poco de sensación psicológica de ser  valiosos. Es por lo tanto
   muy bien explicable por qué esas organizaciones fueron fundadas por
   probablemente los peores compositores de esos días, y ... por qué todavía
   hoy en día ellos son dirigidos por el peor y más académico entre ellos.
   Pero, lo que han hecho en realidad, no era mas que copiar
   la idea de protección de derechos de autor de los editores, pero
   sin entender la base misma del sistema. Los editores
   de hecho se utiliza y se necesita la protección de derechos de autor con el fin de
   proteger su inversión. Los compositores, por otra parte, usualmente no 
   no invertian mucho, mas que en tinta barata y papel para escribir música.
   En fin, no pienso aburrir a nadie con hechos
   y detalles historicos, pero la única razón por la que planteo estos pocos
   puntos es mostrar que la motivación subyacente a la
   legislación de un cosa como los derechos de autor no era más que
   la protección contra la competencia de producción de material de los editores
   El editor, antes de imprimir, debía
   para aquel tiempo, invertir una suma de tiempo bastante considerable, y no le gustaba correr
   el riesgo de que alguien mas produjera el mismo libro pero más barato
   con el temor de importantes pérdidas financieras. No protegió a los contenidos
   del libro, sino que simplemente se utiliza el criterio de los contenidos como una
   manera de proteger su producción de material e inversión financiera
   Uno puede considerar una actitud como esa de ser claramente
   contradictoria con la teoría económica liberal. La información
   En la segunda mitad del siglo diecinueve, todavía era bastante fuertemente
   unida a su medio, a su portador de material. Como un paréntesis,
   Permítanme señalar que los primeros libros impresos en
   grandes cantidades, eran en realidad biblias, ¡por lo cual nadie podía realmente
   reclamar ningún tipo de derecho de autor de todos modos! Un pensamiento de que sea
   bastante evidente, la plabra santa dando vueltas. Y, como segundo
   remarcar, por supuesto, que antes de imprimir la práctica del copiado
   fuera ampliamente usada, y no fue nunca un problema para nadie en lo que respecta
   a la "propiedad de contenidos". Cada copia -un manuscrito
   en sí mismo - era un nuevo producto, y ese producto era
   adquirido por aquel que pagó por él. En cada caso, la noción de
   que el contenido era totalmente no relacionado con el valor economico del
   manuscrito. La labor de copiar - a mano-  era lo que habia sido
   pagado. Por otra parte, en el caso de que los trabajos "originales", el nuevo
   trabajo era o bie una comisión en cierta forma (de un editor, a
   un monasterio, un govierno, un coleccionista de arte, una institucion, etc.)
   o un resultado normal de una situación de trabajo dado (como en el caso de
   investigadores profesionales al servicio de una institución,
   universidad, conservatorio, etc.), o de lo contrario, podría ser también un
   nuevo trabajo bajo la iniciativa persona de el escritor. En el
   primer caso, el trabajo era por supuesto pagado por el comisionado
   o el empleador, mientras que en el seugndo caso, no podría haber
   por supuesto, reclamos de remuneración
   Hasta principios del siglo 19 , este procedimiento sonaba
   - Y aún hoy día me suena - bastante justo . Las cosas han
   cambiado desde la segunda mitad de ese siglo en adelante, donde las
   primeras asociaciones de autores e inventores fueron fundadas en un
   intento de proteger la economía en contra de su propia y más
   preciada y democratizadora consecuencia: la tecnología. Y aquí
   entramos en el nivel del debate filosófico de la materia,
   desde que esta paradoja sólo puede ser resuelta por el análisis cuidadosa de
   los diferentes conceptos utilizados. Así que, primeramente vamos a tener una breve mirada
   a la noción de "información", y vamos a definir la información
   en términos generales como un conjunto de formas perceptibles de materia o energia (forma
   en el espacio o forma en el tiempo, como en el caso de la música). Como cualquier
   forma es transferible a cualquier sustrato material o energético o
   portador. Esta es una consecuencia lógica de la noción definida de
   información en sí misma. Parece muy evidente cuando la aplicamos
   a cosas tales como el conocimiento: esto simplemente quiere decir que yo puedo decirte
   algo a ti que yo conozco, que yo también puedo escribirlo, grabarlo
   en un cassette o almacenarlo como una secuencia de bytes en una computadora.
   La propiedad básica de la información parece ser que es su transferencia
   y su multiplicación es posible sin quitar nada
   de su origen. Cuando te digo algo, yo no pierdo
   nada de lo que te estoy diciendo. Solamente pierdo algo de saliva
   , algo de energia, etc...
   Esto implica que la información no se puede poseer por muy
   intrínsecas razones. La propiedad después de todo, es algo que puedes
   perder. Si tú no puedes perder algo, tú tampoco puedes considerar que se trata
   de tu propiedad. Así, toda la noción de propiedad intelectual,
   propiedad de ideas, parece no tener ningun sentido, y, 
   no por razones ideológicas, sino que es lógico que así sea. Es simplemente una mala
   metáfora. En segundo lugar, como la información no es un producto o un 
   objeto de posesión en sí, tampoco puede considerarse que ha sido
   producido. La noción de producción puede ser
   razonablemente aplicada sólo a los sustratos y a las labores de trabajo
   puestas en su conformación. Esto significa claramente que el pensar no es
   producir. Una idea no es un producto. Una partitura no es un producto. Una partitura es, un discurso es,
   tal como hacer música  (y quiero decir, tocando música) es el resultado de una
   producción real. Ahora, por supuesto, puede ser cierto que es absolutamente
   imposible el comunicar ideas, o información en general,
   sin producir sustratos con forma, pero aún así la distinción
   sigue siendo totalmente correcta.
   El conocimiento no es un producto ni es producido. El conocimiento y
   la memoria son simples propiedades de sistemas colectivos necesarios
   para su supervivencia en un entorno cambiante de manera constante. Yo digo
   claramente colectiva que posibilite la transferencia de caracterizacion de información
   y por el hecho de que esto implica un contexto
   social. El conocimiento y la información en el sentido más amplio
   es por lo tanto, una capacidad de un sistema y su transferibilidad ¡es
   incluso un criterio para ser conocimiento! Si la sociedad se hace cargo
   del conocimiento de sus miembros, mediante la organizacion de las escuelas y demás
   lo hace porque sólo haciendo lo que tiene una oportunidad de
   aumentar sus posibilidades de supervivencia y desarrrollo como sociedad.
   Los miembros no son dueños de este conocimiento, pero ellos lo comparten,
   lo cambian, contribuyen a él, lo examinan, lo recombinan
   lo transforman y... solo puede  se devuelto (e.j.  hacerle saber) a la
   sociedad. Nadie duda de este razonamiento, siempre y cuando lo apliquemos.
   por ejemplo, para el descubrimiento de las leyes físicas. ¿Quién iba a decir
   que Einstein era dueño de la teoría general de la relatividad? O más fuerte aún, 
   ¿a quién le resultaría lógico el pagarle una cuota a Einstein (o sus
   herederos) cada vez que "su" conocimiento fuera usado para
   alguna cosa?. ¿Dónde?, pero más importante aún, ¿por qué nuestras instituciones
   trazan una linea de llamar a algo propiedad o no? ¡No hay
   absolutamente ninguna diferencia intrínseca en cuanto a la naturaleza de
   la información en el caso de una ley de física, una idea técnica para
   resolver un problema, un argumento, o una pieza expresiva de música!
   Por lo tanto, cualquier limitación legal sobre la reproducción de
   información es un atentado contra la caracteristica propia de de la información.
   . ¡Es una mentira epistemológica! Además, es
   puramente inmoral hacia la sociedad. Hasta ahora debería estar claro que
   Apoyo la idea de que un esfuerzo -laboral- debe ser pagado
   solamente una vez. Más aún, si se realiza un esfuerzo sin que nadie
   pedirlo, debe quedar claro que este esfuerzo no debería
   necesariamente conducir a la remuneración cualquiera que sea: se convierte en una
   actividad de ocio. En cuanto a la música, se pueden distinguir dos casos
   muy claramente:
   (I) o bien un compositor obtiene una comisión para crear una pieza, en el caso que
   el también recibe una remuneración por el escrito. No hay
   problema, el autor es simplemente un "profesional". Su labor es
   pagada por eso. Ninguna otra regalía debería pagarsele a él.
   sin tener en cuenta el número de actuaciones en la pieza
   consigue con el tiempo.
   (Ii) Si no, el autor toma la iniciativa para la creación
   de una obra. En este caso se convierte en un "aficionado" - y no tengo
   ninguna asociación negativa con este termino en absoluto - , simplemente
   como aquellos que están ayudando en la Cruz Roja, recolectando sellos
   jugando al ajedrez, o llevando a cabo cualquier tipo de pasatiempo. Parece lógico
   que a él no se le paga de forma automática, ya que su esfuerzo no fue
   solicitado en absoluto.
   En consecuencia, para mí la idea de un compositor, autor ... como una
   profesión "gratis" es una locura. Al margen de todo esto,
   Me gustaría, por supuesto, también remarcar, más cerca de la práctica diaria
   entre la gran mayoría de los nuevos compositores musicales, que ellos
   generalmente componen en el momento en que ellos fueron pagados por 
   nuestras instituciones sociales: emisoras de radio, escuelas de música,
   universidades, etc ..., o csino ellos son parte de alguna prestación social, seguridad
   social y más de eso. Si estos compositores reclamaran y obtuvieran
   derechos de autor, ni siquiera dudaría un momento de acusarlos
   de robo.
   Sin embargo, otra pregunta más práctica que uno podría preguntar con respecto
   a la corrupción del sistema de regalías, está relacionado con el
   objeto de protección en sí: la información y las propiedades
   Caracterizando lo que uno consideraría protegible . Hablando de
   la música, por ejemplo, tradicionalmente se consideraba a las melodías
   ser el criterio a seguir para decidir si una pieza musical era
   difererente de otra. Desde hace casi un siglo entero
   prácticamente todas las melodías posibles se han escrito y se podría
   cuestionar si la melodía es aún un criterio válido. ¿Son dos piezas
   de música en el mismo orden de notas, diferentes ? ¿Por qué no proteger
   instrumentación por ejemplo, o, como sería más apropiado
   para la mayoría de la música rock, el "sonido" como tal. Un análisis completo a lo largo de
   Estas líneas deben llevar a la conclusión inevitable de que los
   aspectos de la música que son probablemente la más "original" y
   típicalmente son no cuantificables, y por lo tanto no puede dar lugar a ningún tipo
   de protección legal formal o no arbitraria.
   En los decenios pasados, toda la cuestión paradojica de
   los derechos de autor se convirtió en algo muy problemáticamente divertido. Yo
   creo que va a ser aún más problemático al grado de
   que en cualquier momento colapsará . Dado que la idea de los derechos de autor está
   basada en la falsa suposición de que la información es un producto,
   Se revelará ser auto-destructiva. Más que eso, se
   destruirá a si misma relativamente rápido: recientemente nuestra tecnología hizo
   no solamente posible la reproducción de contenido, si no tambien accesible a casi
   todo el mundo con un minimo de esfuerzo, y los precios del copiado (en cualquier
   medio...) se hunden todos los días. Esto es una consecuencia natural de la
   transferibilidad de la información y el progreso tecnológico. Un
   solo disco CD-ROM puede hoy en dia almacenar muchos libros enteros por
   solo una fracción de el precio, y contrario al procedimiento
   del fotocopiado, que todavía consume bastante tiempo, aquí
   el doblaje (dubbing) toma solamente una fracción de un minuto, y este medio tiene
   La gran ventaja de la facilidad de transferencia en cualquier lugar
   del mundo: ¡solamente utilizando un módem o mejor, una conexión a internet de banda ancha rápida!
   Toda esta hermosa técnología hizo de los
   "editores de música" - el grupo social que originó la idea de el derecho de autor
   -  una idea completamente anacrónica. La publicación en el formato
   tradicional es hecha hoy dia  solamente en dos escenarios:
   1. Cuando el producto publicado, por la producción en masa, puede ser
   traído en el mercado a un precio menor o igual que el precio
   de una copia "pirata" . Este es el caso de nuestros periódicos, muchos
   libros de bolsillo y muchos más ... ;
   2. Cuando puede servir al propósito de una anacrónico honorario
   de un autor (por lo general, el editor sólo comienza a trabajar ,
   cuando él puede tener la certeza de obtener algún tipo de subsidio de alguna forma:
   clientes garantizados, tales como bibliotecas, universidades
   ,Orquestas) . En la mayoría de estos últimos casos, la razón 
   para la publicación no está tan relacionada con el contenido de la obra,
   sino más bien al carácter de "producto" de la publicación
   En sí misma: se convierte en un bibliófilo de edición . Esto, por supuesto, es
   producción de material, y las copias aquí en efecto, carecen de
   valor prestigioso asociado con la posesión de estas
   publicaciones.
   Aplicado a los dominios de la nueva música, podríamos ver que las
   empresas desapareceran por completo dentro de la próxima generación.
   Ya en la actualidad es cierto que las fotocopias de las partituras son siempre
   más baratas que las originales, y en consecuencia, la mayor parte es nueva música
   reproducida desde copias...  En cuanto a la música realizada en su "forma"
   vemos que suceden cosas muy similares: los llamados "piratas"
   aparecen por todas partes, y me resulta muy difícil el llamarlos
   piratas, desde que el doblaje (dubbing) aquí es solo un acto normal del sentido
   comun y comportamiento economico. Si los editores quieren cambiar
   esta situación, ellos sólo pueden hacerlo rasonablemente, mediante la reducción de los
   los precios de las copias originales inferiores a los de la copia, que es, en
   el caso de los discos por ejemplo, bastante posible. La único otra
   alternativa que ellos podrían tener, y algunos realmente toman esta
   consecuencia, es comercializar un producto con un alto valor de producto
   (Por ejemplo, complicadas y costosas portadas), pero esto refleja un
   cambio desde publicar a producir. Para el vídeo, por supuesto, el
   mismos fenómeno es verdado , y en la última década del siglo 20
   vimos que ya está sucediendo para el audio digital: para
   ejemplo, los CD grabables, asi como los DAT recorders, discos MD
   formatos MP3 y reproductores. La "mafia real" intentará desde luego
   de luchar contra esto, pero siempre va a llegar tarde, ya
   siempre que hayan tenido éxito en forzar las leyes, la tecnología vendrá
   con otra técnica de reproducción y distribución aún no cubierta
   por las leyes. En consecuencia, no sólo me veo los derechos de autor
   desaparecer de nuestro sistema socio-económico, ya que su paradójica
   posición se revelará a sí misma como totalmente insostenible, sino también
   creo que esto es una cosa muy favorable para nuestra música
   y cultura en general.
   En una primera vista puede parecer algo extraño para un
   creador de música, como estoy para defender una tesis en contra de sus propios (financieros)
   intereses. Sin embargo, la defensa del caso de los derechos de autor de tan bajas y
   fangosas raíces, sería puramente infantil ya que las ventajas de largo plazo
   en particular para la "nueva música de verdad" son enormes .
   Por lo tanto , vamos a ver por un momento a lo que sucedería con la
   industria de la música comercial si las regalías por motivos de derechos de autor
   dejaran de existir : muy probable que toda la industria se
   colapsaría bastante rápido y se convertiría, con el fin de mantener
   alguna posición en el mercado, en algo aún más aburrido que nunca ... entrar en
   la producción realmente masiva de bienes. La producción musical de pequeña escala
   florecerá en todas partes y sólo el tiempo en que los participantes
   estén interesados ( en el principio " sin dinero, sin trabajo"), por lo que muchos más
   músicos tendrían la posibilidad de  tocar más música . Nadie haría
   música solamente para las regalías - no más top hits -
   puesto que la esperanza ridícula no tendría más motivos.
   La reproducción de la música ya no estaría en el interés
   financiero del productor discográfico, por lo que sería en mucho menor
   extendido en medios de venta bajo presión para programarlo. Además, la radio y la
   T.V. llegaría a ser sustancialmente más barata, lo que haría
   La television y radio regionales mucho más posibles e interesantes.
   Asimismo, en el ámbito de la tecnología, las invenciones mejorarían
   mucho más rápido que ahora y mostrarían una evolución de precios económicos cada vez más pronunciados
   Inventores y fábricas ya no podía sentarse en su
   patentes y, al hacerlo, lo que frena la otra parte muy
   natural del proceso de mejora y desarrollo futuro.
   Las aplicaciones informáticas serían libres o sino, ser personalizadas por el cliente. La
   naturaleza y la posibilidad de que el secreto por supuesto permanezca,
   aunque esto sólo podría ser por un período limitado de tiempo, ya
   todos los códigos son, en principio, rompibles...
   Pero, ¿qué interés o motivación podría tener el autor o inventor
   de estar en una sociedad libre de regalías? En primer lugar, debe ser
   notar que su valor como autor sigue igual que antes: su valor
   sería todavía más alto, entre más de sus ideas sean aceptadas y
   aplicadas o realizadas en una sociedad. Tal sería, por supuesto,
   aumentar su estatus social, por la negativa de las regalías y
   de las consecuencias económicas de los derechos de autor no da lugar a una
   negación de la autoría. El autor, o el colectivo de autores
   en algunos casos, todavía serán el origen, fuente y causa de
   nueva información, y se debe dar crédito. No se convierte en
   anónimo, ya que por razones de control y de mejora es
   siempre es mejor tener la posibilidad de rastrear el origen
   de la información. Los derechos de autor llegarían a ser nada más que
   una cuestión de honor y el prestigio merecido por el autor.
   Rompiendo estas normas minimas de derechos de autor en este sentido, ¡no sería
   no sería nada diferente a la mentira!
   Ahora la mayoría de los sistemas de derecho hablan en términos de "la necesaria
   protección del autor", pero... ¿quién le está atacando? Si yo
   elijo tocar una pieza musical de alguien, en primer lugar
   debo saberlo (por ejemplo por tener una partitura). Esto significa
   que la pieza no puede ser un secreto. Si no es un secreto,
   debe haber sido el deseo del autor que se conozca. Si
   Elijo hacerle saber más, ¿cómo diablos podría
   estar atacando al autor? Por otra parte, se plantea la cuestión
   de control. Ya que al final no tendríamos ninguna otra
   alternativas que algún tipo de vigilancia tipo "Gran Hermano"
   tú o ningún control sobre la información utiliza en absoluto. ¿Quién podría
   sugerir ocultar espías en mi cuarto de baño para asegurarse de que no estoy
   silbar "El puente sobre el río Kwai" con mi ventana
   abierta a mi vecino?

          Dr.Godfried-Willem RAES

          p/a Logos-Foundation

          Kongostraat 35

          B-9000 G E N T

          B E L G I U M

          e-mail :[9]GodfriedWillem.Raes@logosfoundation.org

      [9] mailto:GodfriedWillem.Raes@logosfoundation.org

     [10]Inicio del documento
     __________________________________________________________

Publications

     first version : Stuttgart, 09.1985

     revised : Ghent,02.1989 , Hilversum, 11.1994, Vermont
     08.2001

     Published by :
     "Musiktexte", Koeln 1988 ( in German)
     "Interface", Utrecht 1988 ( in English)
     "Muzikon-kongresverslag", Gent 1988 (in English)
     "Option-Magazine", Atlanta 1989
     "Vidal", Den Bosch, 1991
     "Aktief", Brussel, 2004 (in Dutch)
     Presented at conferences and Colloquia in Madrid, Amsterdam,
     Hongkong, Sydney, Melbourne, New York , Banff , Sao Paulo ,
     Salvador Bahia, Gent, Hilversum, Leuven, Antwerp,
     Bruselas....

     [11]Version en Holandés (actualizado 24.10.2007)

     [11] http://logosfoundation.org/onzin_auteursrecht.html

     [12]Top of document
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     [14] http://logosfoundation.org/default.html

     Última actualizacion: 2010-06-28

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     [15] http://piwik.org/

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